La controversia por las rebajas de condenas concedidas durante el Gobierno de José Antonio Kast suma un nuevo capítulo. Tres ciudadanos venezolanos condenados por robo con intimidación y delitos relacionados con armas recibieron reducciones de sus penas mediante decretos del Ministerio de Justicia, encabezado por Fernando Rabat. Dos de ellos abandonaron la cárcel en septiembre, mientras el tercero tiene fijada su salida para marzo de 2027. El caso genera cuestionamientos sobre los criterios aplicados para otorgar estos beneficios y la falta de una expulsión concretada.
Los antecedentes, revelados por el medio Interferencia y recogidos por distintos medios nacionales, apuntan a un grupo de cuatro venezolanos detenidos en diciembre de 2021 en La Serena. Según la investigación, los sujetos intimidaban a mujeres migrantes que ejercían el comercio sexual en el centro de la ciudad y les exigían pagos periódicos para permitirles continuar con sus actividades. Para amedrentarlas, se presentaban como integrantes del denominado Tren de Aragua, aunque su pertenencia efectiva a esa organización criminal no fue acreditada judicialmente.
En agosto de 2022, los cuatro fueron condenados a cinco años y un día de presidio. Tres de ellos recibieron posteriormente rebajas de condena durante la actual administración: Franyorkin Aramburu Hernández obtuvo una reducción de nueve meses, mientras que Winder Marott Morán y Jhonder Ollarves Berbesi consiguieron rebajas de tres meses cada uno. Los decretos fueron firmados en julio y septiembre de 2026, dos por el ministro Rabat y uno por el subsecretario de Justicia, Luis Silva, mientras ejercía como ministro subrogante.
Gobierno rebajó penas a venezolanos
Las consecuencias ya se hicieron efectivas. Marott y Ollarves salieron de prisión el 9 y el 10 de septiembre, respectivamente. Aramburu, en tanto, tiene como nueva fecha de término de condena el 8 de marzo de 2027. Antes de las reducciones, los tres debían cumplir sus penas hasta diciembre de 2026. La salida anticipada de dos de ellos instaló nuevas preguntas sobre la revisión de antecedentes penitenciarios y la coordinación entre las instituciones responsables de la seguridad y la política migratoria.
El Gobierno ha defendido la aplicación de la normativa vigente. Consultado por estos beneficios, Rabat sostuvo que la legislación no establece una exclusión general según el tipo de delito y afirmó: “Esta es una ley que se encuentra vigente del año 2023 y, salvo casos muy específicos, no excluye a tipos de delito”. El ministro también ha argumentado que el procedimiento contempla la evaluación de los requisitos legales y la intervención de las instancias correspondientes.
Sin embargo, la controversia no se limita a la interpretación jurídica. El Ejecutivo ha hecho del combate al crimen organizado y del control migratorio dos de sus principales compromisos, por lo que la liberación anticipada de condenados que utilizaron la amenaza de pertenecer a una banda criminal plantea un problema político y de gestión. A ello se suma que, según los antecedentes publicados, no se había concretado la expulsión de los beneficiados, pese a las expectativas de que una coordinación entre las instituciones permitiera abordar esa posibilidad.
El caso vuelve a poner bajo escrutinio la denominada “Doctrina Rabat”, criterio con el que el Ministerio ha justificado distintas rebajas de condena. La discusión de fondo es si el marco legal vigente entrega suficiente margen para evaluar los casos de manera individual y cómo deben actuar las autoridades cuando existen antecedentes que generan preocupación por la seguridad pública. La respuesta requiere transparencia, fundamentos jurídicos claros y una explicación sobre las medidas migratorias adoptadas en cada situación.





