La decisión del Ministerio de Justicia abrió un flanco político de alto impacto para el Ejecutivo. Los decretos fueron emitidos sin que los beneficiarios hubieran recurrido a tribunales para obtener esas rebajas en los casos reportados, según la investigación de Interferencia. El dato que encendió las alarmas es que la legislación fue modificada en 2022 para excluir determinados delitos sexuales contra menores de estos beneficios, aunque en la cartera existe una controversia jurídica sobre la aplicación retroactiva de esa exclusión.
La explicación oficial no ha logrado apagar el incendio. El ministro de Justicia, Fernando Rabat, sostuvo que el Gobierno recogió la doctrina establecida por la Corte Suprema en recursos anteriores. “Lo que se hizo fue precisamente recoger la doctrina de la Corte Suprema en decenas de recursos de amparo”, afirmó, defendiendo que las resoluciones se ajustan a criterios judiciales previamente establecidos. Sin embargo, la discusión apunta precisamente a si correspondía extender ese criterio mediante decretos administrativos a personas que no habían acudido a la justicia para solicitar el beneficio.
Desde el Congreso, las reacciones cruzaron las fronteras partidarias. La diputada Ana María Gazmuri cuestionó duramente la medida y preguntó: “¿Pero qué tienen en la cabeza?”. El diputado Jaime Mulet, en tanto, calificó la situación como extremadamente grave y planteó que, si los antecedentes se confirman, las rebajas equivaldrían a un “indulto parcial”. Las críticas también alcanzaron al oficialismo: el diputado Jorge Guzmán manifestó que habría preferido que cada caso fuera resuelto por los tribunales y no mediante una aplicación administrativa del criterio.
La controversia ya amenaza con convertirse en un problema institucional. Diputados de oposición anunciaron gestiones para interpelar al ministro Rabat y exigir que explique los fundamentos jurídicos de los decretos. La discusión no se limita a la reducción de penas: también busca determinar quién debe interpretar los alcances de la normativa y qué resguardos deben existir cuando los beneficios involucran condenas por delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes.
Rebaja de condenas a violadores de menores
La Defensoría de la Niñez también expresó su rechazo y anunció que solicitará al Ministerio de Justicia los antecedentes utilizados para modificar el criterio que históricamente había mantenido la cartera. El organismo puso especial atención en la exclusión legal incorporada en febrero de 2022 y en la necesidad de resguardar los derechos de las víctimas. Su intervención suma presión para que el Ejecutivo transparente cómo evaluó las solicitudes y qué interpretación aplicó en cada caso.
En medio de las críticas, el Gobierno ha defendido que las decisiones responden a la normativa vigente y no a una voluntad discrecional de favorecer a determinados condenados. El vocero Gonzalo Arenas calificó la polémica como “malintencionada” y sostuvo que, cuando se cumplen los requisitos legales, el Ejecutivo debe tramitar las solicitudes. Esa defensa, sin embargo, no resuelve la pregunta central: por qué se optó por conceder los beneficios desde el Ministerio y no esperar que los tribunales determinaran su procedencia en cada situación.
El caso deja al descubierto una tensión entre la interpretación jurídica de una norma y el costo político de aplicarla en delitos que generan especial rechazo social. Mientras el Gobierno insiste en que actuó conforme a criterios judiciales, sus detractores reclaman claridad sobre el alcance de la ley y la protección de las víctimas. La respuesta no puede quedar reducida a un intercambio de declaraciones: la ciudadanía necesita conocer los fundamentos de cada decisión y saber si el procedimiento utilizado fue compatible con las restricciones legales vigentes.





