La polémica por las rebajas de condena otorgadas a 56 personas sentenciadas por delitos sexuales contra menores sigue escalando y ahora abre un flanco incómodo para el Ministerio de Justicia. Mientras el ministro Fernando Rabat sostiene que su cartera actuó siguiendo la jurisprudencia de la Corte Suprema, desde el máximo tribunal evitaron asumir una posición sobre las decisiones administrativas que desataron la controversia.
Los antecedentes divulgados por el medio Interferencia indican que, entre el 11 de marzo y el 13 de septiembre de 2026, el Ministerio de Justicia emitió 56 decretos que concedieron reducciones de condena: 27 a condenados por abuso sexual de menores y otros 29 por violación. El caso generó cuestionamientos políticos y jurídicos, especialmente porque los beneficios fueron concedidos mediante resoluciones administrativas y no como resultado de recursos judiciales individuales presentados por los beneficiados.
Rabat ha defendido el procedimiento argumentando que la Corte Suprema acogió anteriormente recursos de amparo relacionados con solicitudes de rebaja de condena por hechos cometidos antes de la reforma legal de 2022. Esa modificación excluyó de este beneficio a personas condenadas por determinados delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes, pero su aplicación a hechos anteriores ha generado controversias de interpretación.
Rebaja de condenas a violadores de niños
“Lo que hizo el Ministerio fue establecer la doctrina que la propia Corte Suprema estableció por la vía de dichos recursos”, sostuvo el secretario de Estado al explicar la actuación de su cartera. También afirmó que las resoluciones ministeriales citaron los fallos que fundamentaban el criterio aplicado. Sin embargo, una de las preguntas centrales sigue abierta: si no hubo recursos judiciales individuales en estos 56 casos, ¿cómo se justificó la aplicación de esa jurisprudencia a cada solicitud?
La presidenta de la Corte Suprema, Ana Gloria Chevesich, evitó pronunciarse sobre el fondo de la controversia y recordó que las decisiones judiciales deben analizarse caso a caso. También señaló que, si no se presentan recursos contra una resolución de la comisión correspondiente, los tribunales no tienen necesariamente la oportunidad de revisar esos antecedentes. Su postura no constituye un respaldo explícito a los decretos del Ministerio de Justicia.
La controversia también puso bajo presión al Gobierno de José Antonio Kast. Desde distintos sectores políticos han exigido explicaciones y se han impulsado iniciativas para impedir que condenados por delitos sexuales contra menores accedan a este tipo de beneficios. La Defensoría de la Niñez, por su parte, anunció que solicitará antecedentes al Ministerio para conocer el fundamento de las decisiones y las medidas adoptadas para resguardar los derechos de las víctimas.
El Ejecutivo insiste en que no puede aplicar retroactivamente una restricción legal en perjuicio de personas condenadas por hechos anteriores a la entrada en vigencia de la reforma. Pero la discusión no se limita a una interpretación jurídica: también exige transparencia sobre los criterios utilizados, la revisión de los requisitos y el fundamento específico de cada resolución.





