«Las siguientes materias son aquellas que consideramos necesario abordar en este momento, sin perjuicio de otras que más adelante puedan surgir del debate nacional. Cabe hacer presente que conforme a la Nueva Constitución, las siguientes propuestas serán necesariamente aprobadas y debatidas democráticamente y con participación ciudadana».
De este modo, los partidos oficialistas exponen el contenido esencial del documento con que proponen al país realizar diversos cambios a la propuesta de nueva Constitución, en la medida que sea aprobada en el Plebiscito del próximo 4 de septiembre.
Entre los cinco elementos centrales, se propone modificar elementos como la Plurinacionalidad y algunos aspectos relacionados con los derechos sociales, además de seguridad y el sistema judicial.
«El presente acuerdo aclara ciertas dudas e interpretaciones que han buscado confundir y desinformar a la ciudadanía, contribuyendo al voto responsable e informado», añaden.
No obstante, proponen dejar intactos los aspectos relacionados con el sistema de justicia y no tocan la idea de eliminar el Senado.
Los firmantes «hacemos un llamado a la ciudadanía a conocer la Nueva Constitución, así como este acuerdo de implementación y mejoras, con el ánimo de que el pueblo chileno se pronuncie con el mayor grado de certeza posible y la absoluta convicción de que es un avance sustantivo para fortalecer la democracia en nuestro país y lograr los cambios anhelados».
El documento está firmado por Natalia Piergentili (Partido por la Democracia), Patricio Morales ( Partido Liberal), Tomás Hirsch Goldschmidt (Acción Humanista), Lorena Fries(Movimiento Unir), Paulina Vodanovic (PS), Leonardo Cubillos (PR), Juan Ignacio Latorre(Revolución Democrática), Flavia Torrealba (Federación Regionalista Verde Social), Guillermo Teillier(Partido Comunista), Diego Ibáñez(Convergencia Social).
Aquí lo medular del texto:
I. Plurinacionalidad
… «Sobre la Consulta indígena, se establecerá que el verdadero sentido y alcance se refiere sólo a las materias que puedan afectar directamente a los pueblos indígenas. Sobre el consentimiento previo, al que se refiere el texto constitucional, se establecerá explícitamente que sólo es aplicable a la regulación de entidades territoriales y que no es exigible en temas de carácter nacional o reformas constitucionales, respetando los principios establecidos en el referido Convenio.
Las autonomías territoriales contempladas en la Constitución se desarrollarán en concordancia con los principios de unidad e indivisibilidad del Estado de Chile y de las libertades reconocidas y protegidas para todas las personas. Para esto se establecerá expresamente que sus atribuciones deben ser coherentes con el carácter único e indivisible del territorio de Chile. Asimismo, proponemos que se establezca expresamente en la ley que
en ningún caso el establecimiento de una autonomía territorial indígena ni su regulación puede limitar el derecho de cualquier habitante de la República a trasladarse libremente por todo el territorio nacional, respetando la Constitución y las leyes.
Respecto a los sistemas de justicia indígena, reafirmamos la igualdad ante la ley como principio rector y que todas las personas, indígenas y no indígenas, somos iguales ante la ley en dignidad y derechos. No existirán regímenes de justicia paralelos que pongan en cuestión la unidad, coherencia y consistencia del Poder Judicial. La justicia indígena, tal como lo señala la nueva Constitución, siempre estará subordinada a la justicia ordinaria, en particular, a la Corte Suprema.
II. Derechos Sociales
En materia de pensiones, nos comprometemos a que la implementación del derecho a una pensión digna será en base a un un nuevo modelo mixto, donde seguirá existiendo un componente de capitalización individual, en los mismos términos que en la actualidad,, cuestión que es plenamente consistente con la nueva propuesta constitucional.
Sobre la propiedad de las viviendas, el derecho a la vivienda y el derecho a la propiedad están absolutamente asegurados, siendo complementos para dar continuidad a la actual política de vivienda que entrega la plena disposición para el beneficiario y su familia. Se asegura explícitamente que la propiedad de las viviendas, indistintamente del tipo de propietario, se protegerá bajo toda circunstancia.
El Sistema Nacional de Salud permitirá a distintos gobiernos, de diversas tendencias políticas, innovar en nuevas soluciones y no limita la posibilidad de que participen los privados como prestadores. La ley asegurará un sistema integrado con participación pública y privada, donde siguen existiendo clínicas, hospitales, y centros médicos privados. Bajo el Seguro Único de Salud, se protegerá la libertad de todas las personas a elegir dónde atenderse dentro de la red del nuevo Sistema Nacional de Salud.
En concordancia a lo señalado en la Nueva Constitución, la educación como derecho social, y en su implementación legislativa, se respetará la existencia y desarrollo de la educación particular subvencionada, siempre con pleno reconocimiento del Estado dentro del Sistema Nacional de Educación.
III. Seguridad
En relación a los Estados de Excepción, proponemos establecer en la Constitución el Estado de Emergencia por grave alteración de la seguridad pública, autorizando que las Fuerzas Armadas puedan colaborar, a requerimiento de la autoridad civil y en las condiciones calificadas que establezca la ley, en tareas de resguardo del orden constitucional y del Estado de derecho.
IV. Sistema Político
… Nos comprometemos a analizarlo para lograr el mejor equilibrio en el Poder Legislativo, el gobierno central y las entidades territoriales.
Las iniciativas de gasto fiscal, respetarán siempre el beneficio de las personas y el principio de responsabilidad fiscal. En este sentido, creemos necesaria la eliminación de la atribución de presentar mociones parlamentarias que irroguen directamente gastos al Estado. Igualmente, la capacidad de endeudamiento de las entidades territoriales fijadas por ley, deberán sujetarse al máximo anual que a este efecto fije la ley de presupuestos, con expresa regla de responsabilidad fiscal.
Por último, acordamos que para una mejor administración del Poder ejecutivo y los propios procesos político-electorales, que la reelección presidencial no proceda consecutivamente.
V. Poder Judicial
La independencia del Poder Judicial, reconocida expresa y reiteradamente en la propuesta de nueva Constitución, es un principio fundamental para el Estado de Derecho, que regirá toda la implementación normativa.
Proponemos reemplazar, en la Constitución, la denominación “Sistemas de Justicia” por la de «Poder Judicial».
Proponemos también revisar la composición del Consejo de la Justicia para asegurar su integración por una mayoría de jueces. Adicionalmente, creemos que conviene hacer explícito que la calificación de los jueces por ese Consejo no considerará el contenido de sus fallos.