El Subsidio Único Familiar es uno de los beneficios estatales destinados a las familias chilenas, que pertenezcan al 60% más vulnerable de la población según señala el Registro Social de Hogares (RSH).
El decreto del Ministerio de Hacienda y del Trabajo que aumenta el Ingreso Mínimo Mensual también impulsa el monto que entregan los beneficios estatales, disponiendo de más dinero para las familias chilenas.
¿Cuál es el valor del subsidio?
Este año alcanza la suma de $14.366 por carga familiar. Ahora bien, el monto que se asigna a las personas con discapacidad registradas como carga es el doble, la cifra asciende a $28.732.
Quienes reciben este subsidio tienen la posibilidad de recibir también prestaciones médicas y odontológicas gratuitas, tanto en medicina preventiva como también tratamientos de salud.
Existe el Subsidio Maternal que puede ser solicitado desde el quinto mes de gestación, para que se otorgue se debe dejar de recibir el Subsidio Familiar, al pasar a ser «causante madre».
Cubre todo el embarazo y se paga a través del Instituto de Previsión Social (IPS)
¿A quiénes está dirigido?
Es necesario distinguir entre Causantes de Subsidio Familiar (por quienes se otorga) y Beneficiarios del Subsidio Familiar (a quienes se otorga el beneficio).
Causantes del Subsidio Familiar y sus requisitos
Son causantes de Subsidio Familiar (SUF), las siguientes personas:
- a) Los menores hasta los 18 años de edad.
- b) Deficientes Mentales a que se refiere la ley N° 18.600.
- c) Inválidos de cualquier edad.
- d) La mujer embarazada.
- e) La madre de los menores.
Respecto de los causantes a, b y c estos deben vivir a expensas de quien supone como beneficiario. Además, no deben percibir ingresos iguales o superiores al monto del subsidio.
Los menores de 18 años deben participar de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años. Por los niños mayores de 6 años se debe acreditar, además, que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otras equivalentes. De este último requisito están eximidos deficientes mentales e inválidos.
Respecto de b) y c) se acredita dicha condición mediante declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Las postulaciones de SUF deben ser presentadas ante la Municipalidad correspondiente a su domicilio registrado en el RSH,
Llevar la siguiente documentación:
- Certificado de nacimiento del menor.
- Fotocopia del carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
- Certificado de alumno regular de los mayores de 6 años.
- Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio como causante Mujer Embarazada.
- Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.
asegurarse de cumplir los siguientes requisitos
- Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y pertenecer a un hogar calificado hasta el 60 % de menores ingresos.
- Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual y/o física mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
- En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los Servicios de Salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
Finalmente, ¿quiénes pueden recibir la ayuda?
- Son beneficiarios del SUF aquellas personas que no pueden proveer por sí solas o en unión del grupo familiar, la mantención y crianza de quien motiva esta asignación, el orden es el siguiente:
- La madre o el padre.
- Personas guardadoras que sean responsables del menor.
- Quienes tengan a su cargo personas con discapacidad mental de cualquier edad y que vivan a sus expensas.
¿dónde realizo el trámite?
Diríjase a la municipalidad correspondiente a su domicilio con los antecedentes requeridos.