Las parejas al cumplir los 50 años de matrimonio se celebran comúnmente las Bodas de Oro. Es por esta gran carrera con tu compañero o compañera de vida que el Estado otorga un bono para aquellos cónyuges que suman el medio siglo juntos.
Los beneficiarios del bono obtienen $353.996 ($176.998 por cada uno), quienes deben acreditar que han cumplido cinco décadas de casados. Cabe destacar que este monto se recibe una vez.
Para acceder al bono primero se debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Que los cónyuges no se encuentren separados o divorciados.
- Estar en el Registro Social de Hogares (RSH) y que pertenezcan al 80% más vulnerable de la población.
- La pareja debe convivir en el mismo hogar o acreditar residencia en hogares de larga estadía.
- Es necesario que los cónyuges acrediten residencia en el país por un periodo de cuatro años en el último tiempo.
¿Dónde hacer el trámite?
Para hacer la postulación al bono de forma digital se debe acceder al sitio de Chile Atiende y dar clic en la opción “Solicitar el bono”. En el caso de hacerlo presencial, solo debe dirigirse a oficinas de Chile Atiende de su comuna. Para ambos caso la persona debe contar con los siguientes documentos.
Postulación remota:
- Fotografía digital de la cédula de identidad por ambos lados.
- En el caso de querer que el pago se realice en una cuenta bancaria, facilitar los datos para transferencia de las cuentas de ambos cónyuges.
Postulación presencial:
- Cédula de identidad.
- En el caso de que un apoderado realice el trámite, un poder notarial.
Solicitud remota:
- Fotografía digital de la cédula de identidad por ambos lados.
- En el caso de querer que el pago se realice en una cuenta bancaria, facilitar los datos para transferencia de las cuentas de ambos cónyuges.
Cabe destacar que el tramite es completamente gratuito y en el caso de no ser cobrado en un plazo de seis meses, la institución dará por entendido que los solicitantes renuncian a bono.
¿El beneficio puede recibirlo una persona viuda?
En el caso de que alguno de los cónyuges fallezca posterior a cumplir los 50 años de matrimonio, el individuo con vida puede optar a su parte del bono Bodas de Oro.
En caso que alguno de los dos pierda la vida durante la tramitación, el monto correspondiente a la persona fallecida pasa