el Presidente de la Fundación «Defendamos la Ciudad», Patricio Hermanparalizó las faenas del proyecto inmobiliario y turístico Punta Puertecillo, consistente en 295 parcelas de agrado de 5.000 m2 cada una, acogidas al DL 3.516 de 1980, en un terreno costero rural de 217 hectáreasles prohibió que sigan vendiendo dichas parcelas, ello mientras el negocio no cuente con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable lamentablemente, quien se equivocó al principio de esta controversia fue la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) del gobierno de Piñera, órgano público que, sin fundamento alguno, se negó a que el proyecto se sometiera al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA)Es posible que ese mal comportamiento de la SMA se deba a que varios políticos y empresarios de alta alcurnia, ya habían adquirido parcelas en ese proyectose desprende que las 345 municipalidades que hay en Chile o sus juzgados de policía local no han hecho valer las sanciones contenidas en el DL 3.516 como tampoco los ministerios de Vivienda y Urbanismo y de Agricultura y sus instituciones dependientes.sabían que el proyecto en comento era absolutamente ilegal, pero quienes sí tenían conocimiento pleno de que se estaba violando no solo el DL 3.516 sino también los artículos 55° y 56° de la LGUC, eran los abogados y arquitectos contratados por los inversionistas»,, pero se equivocaron por la sencilla razón de que tenemos una Tercera Sala de la Suprema que no acepta pillerías y por ello nuestro reconocimiento a sus 5 probos magistradosse desea exigir que la ley se cumpla y en esa línea el Ministerio de Agricultura y el SAG le pusieron el cascabel al gato mediante instructivos ad hoc Iván MuñozUrbano Proyectos«Rápidamente maduró el negocio inmobiliario rural, con reglas poco claras e interpretadas alegremente por el mercado y sus desarrolladores. En poco tiempo, con la actuación del SAG y el MINVU más la Corte Suprema le fijaron bordes al desarrollo del suelo rural». «me queda por entender cómo evolucionará el comportamiento de los Notarios y Conservadores de Bienes Raíces, respecto a velar por las disposiciones contenidas en la Ley 3.516, lo más probable es que el resto de los organismos que participan tomen la misma posición respecto del cumplimiento de la regulación vigente y que finalmente la banca, también haga lo suyo y tampoco financie ni al desarrollador ni al comprador, si no existen las aprobaciones correspondientes al día de hoy. Todo pendular, de un extremo al otro».















