Durante esta última jornada, la Democracia Cristiana (DC) dio a conocer una serie de modificaciones que busca implementar en caso que se apruebe la Nueva Constitución, la que se determinará en el próximo plebiscito del 4 de septiembre.
Se trata de un documento compuesto por 13 puntos en los abordan distintos temas y proponen además que sean revisado una vez que la nueva Constitución entre en vigencia.
“Junto con apoyar al texto de nueva Constitución, la Democracia Cristiana también es consciente de que hay materias que no quedaron bien resueltas y que requieren de modificación”, detallaron en el texto donde presentaron las modificaciones.
Recordemos que la DC hizo público su apoyo a la opción del Apruebo en este proceso del plebiscito, sin embargo, esta decisión no fue del todo transversal en el Partido, donde algunas figuras como Rincón, Chahín y Walker se manifestaron en contra de esta postura del colectivo.
Las modificaciones de la DC
- Reincorporar la iniciativa exclusiva del Presidente(a) de la República en materia de gasto fiscal. No permitir la reelección del Presidente(a) de la República y evaluar la extensión de dicho período a 5 o 6 años.
- Regular el sistema electoral en la Constitución para evitar la excesiva proliferación de partidos pequeños y cambiar la nomenclatura de “organizaciones políticas” por “partidos políticos”.
- No permitir la reelección del presidente(a) de la República y evaluar la extensión de dicho período a 5 o 6 años.
- Reincorporar el Estado de Excepción de Emergencia.
- Aumentar las facultades de la Cámara de las Regiones para incluir la seguridad social, la regulación del agua y toda iniciativa que irrogue gasto. Asimismo, proponemos que se llame Senado de las Regiones.
- La elección de la Cámara de las Regiones debe ser simultánea con la elección presidencial y del Congreso de Diputadas y Diputados.
- Revisar las restricciones a la legítima comercialización de las autorizaciones de uso de agua, pero que el fin para el que se otorgó sea inamovible. Asimismo, las autorizaciones de uso deben ser por un tiempo que permita el uso eficiente del agua y de los proyectos productivos. Junto con establecer requisitos para su otorgamiento, la ley deberá establecer formas claras de limitación que no den lugar a arbitrariedad de la administración.
- En cuanto a la restitución de tierras para los pueblos indígenas, el órgano encargado de dicho propósito podría ser creado por ley y en la designación de sus integrantes tengan participación otros órganos del Estado.
Se debe revisar la integración de la Corte Constitucional, ya que se mantiene la designación de tres ministros por parte del Presidente de la República, sin que existan contrapesos. - Evaluar los nombramientos del Consejo de la Justicia: Corte Suprema, TC, TCE y los TER. Se está creando por vía nombramiento un órgano muy relevante. Permitir que otras autoridades tengan participación en el nombramiento de jueces y juezas para que esa atribución no se concentre únicamente en el Consejo. Asimismo, hay que revisar la integración del Consejo de la Justicia para asegurar su buen funcionamiento según sus competencias.
- Se podría examinar la reposición del control de constitucionalidad preventivo de los proyectos de ley, pero sólo por vicios de forma en la tramitación de la ley. Asimismo, se debería evaluar el control preventivo de constitucionalidad de los tratados, considerando que luego tendrán rango constitucional.
- Concordar la referencia al consentimiento de los pueblos y naciones indígenas aludida en el artículo 191, a los efectos de que el procedimiento de consulta previa se ajuste plenamente a lo dispuesto en el Convenio 169 de la OIT.
- Se deben regular con más detalle la justicia indígena en el texto constitucional, señalando que es de naturaleza voluntaria, que sólo se aplica a personas que forman parte de un mismo pueblo originario, y para determinar en qué materias sería competente. Se debe revisar el concepto de territorio indígena y explicitar solo tierras, para no generar confusión.
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Democracia-Cristiana-y-Nueva-Constitucion