Las polémicas en torno al alcalde de Ñuñoa, Sebastián Sichel y su estrecho círculo de poder no cesan: Ahora apareció documento oficial que revela que desoyó su propia decisión al rebajar sanción a amigo de la infancia.
Se trata del documento que el gabinete alcaldicio de la Municipalidad de Ñuñoa quisiera olvidar.
Sebastián Sichel quedó enfrentado a una contradicción política que él mismo ayudó a construir.
En abril, mediante el Decreto CGR N.º 00466/2026 (al que este medio tuvo acceso), su administración sostuvo que las determinaciones disciplinarias de Contraloría son vinculantes cuando el organismo fija una sanción.
Añadía que el municipio no puede simplemente decidir si las cumple o no.
Sin embargo, hace pocos días, a poco menos de cinco meses después, cuando la Contraloría propuso destituir al director de Secpla, Jaime Tohá, tras un sumario por acoso laboral y vulneración a la probidad de una funcionaria, Sichel resolvió protegerlo.
Con su decisión el edil respaldó la fuente laboral del inculpado y desoyó la instrucción del órgano fiscalizador.
De este modo, el alcalde descartó ante sí la máxima sanción -solicitada por la entidad dirigida por Dorothy Pérez- y resolvió una sanción bastante menor: lo suspendió por 30 días.
El alcalde justificó la decisión señalando que detectó “errores manifiestos” en la vista fiscal y diferencias en la forma en que se recibieron y ponderaron testimonios.
Lo anterior podría fácilmente interpretarse como una decisión bastante pretensiosa, si se considera que en Chile las apreciaciones de la Contraloría son vistos como letra escrita en piedra.
Por otro lado, el acto administrativo despertó el interés y estupor de sectores feministas tras considerar que el presunto acto abusivo sobre una funcionaria terminó por recibir un pequeño castigo.
¿A qué se comprometió en abril?
El compromiso de respetar la opinión de la Contraloría a raja tabla asumido por Sichel consta en un documento oficial suscrito el 30 de abril pasado.
Sichel lo usó para justificar una severa sanción contra un funcionario -que no se cuenta entre sus cercanos- por el cuál la Contraloría sde había pronunciado.
Según prueba el 00466/2026 suscrito por el propio alcalde, «cuando la Contraloría instruye un sumario y determina una sanción, el municipio debe ejecutarla. El alcalde, como jefe superior de la institución, debe dictar el decreto alcaldicio correspondiente para aplicar la medida..»
No obstante, en el marco de un caso que afectaba a un funcionario de su círculo más cercano, el alcalde de Ñuñoa pareció olvidar tal compromiso.
¿Protección al círculo de hierro?
El giro resulta especialmente sensible por la cercanía entre ambos. Tohá es uno de los colaboradores más próximos de Sichel y ocupa una de las áreas estratégicas de la Municipalidad de Ñuñoa.
El sumario se originó en la denuncia de una abogada fiscalizadora que afirmó haber sido increpada y humillada después de formular observaciones técnicas a una licitación.
Contraloría mantuvo el cargo formulado y propuso la destitución, mientras Tohá negó los insultos y sostuvo que se trató de una discrepancia profesional.

La decisión abre además un flanco particularmente incómodo en materia de protección de las mujeres.
El expediente tuvo su origen en la denuncia de una funcionaria y el organismo contralor concluyó que los antecedentes justificaban mantener el cargo por acoso laboral.
Es por estos antecedentes que la resolución de Sichel es especialmente delicada, puesto que lanza un manto de duda sobre el estándar utilizado por la autoridad frente a una denuncia de abuso laboral.
Misma autoridad, dos lecturas
Claramente, el existen diferencias entre uno y otro caso, pero la conducta errática de un ex candidato Presidencial frente a otro poder del Estado puede ser objeto de contrastes.
Para quienes conocieron el detalle de ambos casos la interrogante hoy es por qué el ex candidato presidencial modificó en menos de ocho meses la doctrina administrativa.






