Ante esta situación, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento para exigir evaluación ambiental a cuatro nuevos proyectos inmobiliarios.
El Área de Preservación Ecológica del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) se encarga de resguardar la flora y la fauna, la que ahora, se estaría viendo amenazada -a juicio de los denunciantes- por cuatro proyectos inmobiliarios, supuestamente pertenecientes a la elite económica del país.
Estos son: Mirador Pie Andino, Hacienda Guay Guay y La Cumbre se encuentran en la comuna de Colina, y Chaguay que depende de la Municipalidad de Lo Barnechea.
«En estos casos, hemos iniciado un procedimiento de requerimiento de ingreso al SEIA justamente por estimarse que hay una elusión al sistema ambiental», explicó el superintendente del Medio Ambiente (s) Emanuel Ibarra, según El Mostrador.
Los proyectos
El 14 de enero de 2020, la Municipalidad de Colina solicitó a la SMA la fiscalización de los tres proyectos inmobiliarios emplazados en el Área de Preservación Ecológica, de modo que, tras una investigación, la SMA impulsó los requerimientos de ingreso a evaluación ambiental en contra del proyecto Hacienda Guay Guay, del titular Inmobiliaria e Inversiones Chicureo SpA.
Además se incluyó al Mirador Pie Andino, de titularidad de MDPR SpA e Inmobiliaria y Constructora Patagonland SpA. De igual forma, en el caso de los proyectos La Cumbre y Chaguay –también denunciado por la Municipalidad de Lo Barnechea–, el procedimiento se inició en febrero de 2022, según indica el mismo medio.
«Precisamente, sobre la base de la evidencia levantada por la Superintendencia del Medio Ambiente, es posible concluir que existen una serie de acciones, que los titulares que buscan que sus proyectos se configuren como un loteo, con sus correspondientes obras de urbanización y vías públicas, para habilitar el uso de las parcelas con fines habitacionales, no se sujetan a los objetivos dispuestos por la normativa del D.L. N°3516.
A mayor abundamiento, las empresas proveerán de un entorno con condiciones mínimas de habitabilidad y acceso para que los propietarios puedan instalar su residencia o segunda vivienda, alterando el suelo del predio, la morfología del sector, su flora, fauna e idiosincrasia, sin ninguna característica en el diseño que permita vislumbrar un fin agrícola, ganadero o forestal asociado, sentando las bases para la generación de un núcleo urbano», agregó Ibarra.
Derecho Real de Conservación
Iván Muñoz, gerente de Urbano Proyectos en tanto, sostuvo que «El Minvu en año 2019, ya nos advertía que “Desde el momento en que se inaugura un parque (…) comienza su deterioro» en este contexto, deberíamos preguntarnos ¿De qué manera es posible tener una conservación efectiva?».
Para el especialista, una posible respuesta a la problemática la puede otorgar el Derecho Real de Conservación, que podría contribuir a establecer indicadores para precisar «los costos de mantención de parques y áreas de conservación, porque seguirán aumentando con el cambio climático, por lo que será más difícil destinar recursos públicos a estos ítems».
Iván Muñoz añadió que «por lo tanto, creemos que es posible considerar una herramienta efectiva, la inversión privada en proyectos con el desarrollo de capital natural, a través del Derecho Real de Conservación, la que permitiría los aportes privados para preservar de manera efectiva los beneficios que aportan los servicios ecosistémicos favorables de estas áreas».
El impacto ambiental
El jefe subrogante de la Superintendencia del Medio Ambiente, Emanuel Ibarra, explicó que en el caso de Hacienda Guay Guay “implicaría –considerando un promedio de tres personas por casa–, un total de población de aproximadamente 2.538 personas circulando por el Área de Preservación Ecológica. También es muy probable el uso de vehículos motorizados, lo cual afecta fuertemente los flujos de fauna.
Lo anterior también implica riesgos asociados a actividades humanas para la flora, difíciles de controlar en esa magnitud, como, por ejemplo, los incendios. También, trae aparejadas consecuencias naturales de la construcción de viviendas, como el uso excesivo de agua con fines de riego. En este caso habría una susceptibilidad de impacto ambiental sobre el Área de Preservación Ecológica”.
En cuanto a envergadura, “el proyecto implica la presencia, durante la fase de construcción, de maquinaria pesada y, durante la fase de operación, de infraestructura y viviendas, así como de personas y familias actualmente ajenas al sector; la corta de flora, pérdida de hábitat para la fauna del sector; y la intervención del paisaje actualmente libre de edificaciones”, sostiene la autoridad.
Además, el reportaje añade que estos proyectos inmobiliarios tienen un historial de denuncias ambientales que no han sido consideradas, e incluso una querella criminal interpuesta por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), por desarrollar obras en una zona rural de protección ecológica al margen de la regulación urbanística.