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elecciones

Las cuatro excusas que la ley acepta para no ir a votar en el Plebiscito 2022

Enfermedad, encontrarse a más de 200 km del domicilio electoral, estar en el extranjero y sufrir un impedimento grave.

Francisco J. Fuentes por Francisco J. Fuentes
09/08/2022 15:06:52
en Destacado, Nacional

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Multas que van desde los $29.386 hasta los $176,316 (solo al día de hoy) podrán recibir los votantes que no concurran a sufragar en el Plebiscito Constitucional del próximo domingo 4 de diciembre.

Así lo establece la norma, que indica que solo por esta vez, todos los ciudadanos o residentes habilitados mayores de 18 años están obligados a emitir su sufragio. Esto, en virtud de la ley 20.568 que estableció la inscripción automática de los ciudadanos, pero con voto voluntario.

Así, solo existen cuatro causales por las que una persona que no concurra a las urnas el próximo 4 de septiembre podría excusarse de pagar la multa por no votar. De ellas, la primera apunta a enfermedad inhabilitante para  ejercer el sufragio, encontrarse a más de 200 kilómetros del lugar de votación asignado por el Servicio Electoral durante el día del Plebiscito.

A ello se añade encontrarse fuera del país y por último, sufrir otro impedimento grave que le impida al o la votante poder acercarse al local de votación asignado al su domicilio electoral. Este impedimento deberá ser justificado ante el juez de policía local respectivo, quien revisará la prueba según «las reglas de la sana crítica».

Lo anterior se enmarca en la reforma constitucional que pavimentó el camino para la realización del Plebiscito Constitucional 2022 y estableció en forma única la obligatoriedad del voto además de eliminar el periodo previo de excusas, que operó hasta 2012, cuando se reformó la norma sobre elecciones.

Etiquetas: excusasPlebiscito 2022Plebiscito ConstitucionalServelvotantes
Francisco J. Fuentes

Francisco J. Fuentes

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